La sala D de la Cámara en lo Comercial hizo lugar al reclamo del afiliado contra una empresa de medicina prepaga que había cuestionado el aumento de la prestación por el sólo hecho de cumplir 66 años.
El jubilado había recibido la boleta de la empresa Omint con un aumento de casi el 60%. Por ese motivo, reclamó ante la Justicia y los camaristas Juan José Dieuzeide, Pablo Heredia y Gerardo Vassallo le dieron la razón.
De acuerdo al diario Clarín, el paciente alegó que la empresa de medicina prepaga “incrementó injustificada e ilegítimamente el valor de la cuota a abonar mensualmente por la prestación del servicio (incremento que llegaría al 60%) por el solo hecho de haber cumplido 66 años”.
Y advertía que “de no pagar las cuotas con el incremento impuesto injustificada e ilegítimamente por la demandada, quedaría sin cobertura médica; lo cual, a su edad, 66 años, podría generar graves perjuicios”.
El tribunal reconoció la “verosimilitud del derecho” y el “peligro en la demora” -que podía dejar sin cobertura al afiliado- y dispuso, como medida cautelar, confirmar que la empresa no podrá aumentar el valor de la cuota mientras durara el proceso, consigna el matutino.
La Justicia ahora deberá analizar si es legítimo que una prestadora de servicios de salud aumente el valor de la cuota cuando sus afiliados superan determinada edad, y si se puede hacer cuando las personas no firmaron estas cláusulas al momento de afiliarse.
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jubilada prepaga
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