26/9/09

ART: Decreto que triplicará las indemnizaciones



Fuente: Infobae.com

En cuanto regrese a la Argentina, la presidenta Cristina Fernández de Kirchner firmará el decreto que modifica el régimen de las Aseguradoras de Riesgos de Trabajo (ART). La nueva normativa cambiará dos puntos clave: se triplicarán las indemnizaciones por accidentes e incorporará nuevas enfermedades al listado a cubrir.
Puntualmente, el ministro de Trabajo, Carlos Tomada, confirmó este jueves en Pittsburgh que "la Presidenta quiere firmarlo cuanto antes".
En efecto, en Buenos Aires, un comité técnico redactaba el borrador de la medida, salvando las últimas diferencias, informa un matutino económico en su edición de hoy.
Igualmente, el esquema que será implementado a través del decreto presidencial no será definitivo. "Se hace así porque no hay otra forma de hacerlo ahora", agregó Tomada.
De esta manera,  se elevarían los topes indemnizatorios de los $180.000 actuales a $540.000 por el porcentaje de incapacidad. También, incorporará como enfermedades a cubrir dolencias como las lumbalgias o várices producidas por el trabajo habitual.

Sin embargo, los empresarios ven con preocupación cualquier medida que eleve los “costos” de sus compañías y prevén que la sola actualización de los topes implicaría un incremento de sus gastos del orden del 20 por ciento. 


Punto por punto, los nueve proyectos de reforma de la Ley de Riesgos del Trabajo
 

El documento que resume los 9 puntos que elaboró el Ministerio de Trabajo y que apuntan a darle marco a la sanción de una nueva ley de ART  se refiere a:
  1. Cambios en las prestaciones de dinero
  2. Ampliación del listado de enfermedades profesionales
  3. Modificación en las obligaciones de las ART
  4. Rol de las comisiones medicas
  5. Ampliación del uso del Fondo Fiduciario
  6. Creación de un registro de prestadores de servicios de salud
  7. Fijación de tope a los gastos de venta de las ART
  8. Pago bancarizado en casos de contingencias laborales
  9. Exclusión de firmas con alta siniestralidad como proveedoras del Estado
Los industriales ven con escepticismo algunos cambios propuestos y su principal foco de preocupación se centra en el alto costo que va a recaer en las empresas si se avanza en estas modificaciones.

Otra de las partes involucradas, la Unión de Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (UART), sostiene que el Ejecutivo avanzará en aquellas cuestiones donde "no habría mayores diferencias entre empleadores y la CGT", tal como sostuvo Mara Betiol, directiva de la entidad.

Puntos críticos
1. Prestaciones en dinero
Uno de los puntos que genera fuertes controversias, por el impacto en las pequeñas y medianas empresas, es el referido a la actualización de los topes indemnizatorios, fijados en el año 2000, y que el Gobierno prevé triplicarlos, llevándolos de los $180.000 actuales a $540.000 por el porcentaje de incapacidad.

Asimismo, la iniciativa oficial estipula el incremento en el pago único por invalidez, gran invalidez y muerte (que se sumaría a la correspondiente indemnización) y establece un monto de $90.000, $120.000 y 150.000 pesos.

En caso de que la invalidez requiera de un tercero para cuidados especiales, también se prevé un incremento: pasaría a $1.500 mensuales, desde los $240 actuales.

Aún así, la suba de estas prestaciones dinerarias, todavía provoca reparos en el ala sindical. En este sentido, el abogado de la central obrera, Héctor Recalde, dijo a iProfesional.com que si bien respalda la actualización, rechaza la imposición de “techos”.

La fijación de topes que figura en el “nuevo” documento oficial -elaborado por el propio Ministerio de Trabajo- marca una clara diferencia respecto a la iniciativa anterior (confeccionada en diciembre pasado y que no los incluía) en un intento de la cartera laboral por generar mayor aceptación por parte del empresariado y modificar, lo menos posible, el sistema vigente.

En este sentido Recalde sostuvo: “Los pisos son difíciles de modificar por decreto, porque no se puede hacer por vía reglamentaria lo que no está en la ley”.

Impacto
Consultado al respecto por este medio, Horacio Schick, abogado experto laboralista, sostuvo que las nuevas modificaciones no significarán, automáticamente, un aumento de las indemnizaciones.

Según el experto, “sólo se elevarán los montos fijos y el techo. Incluso, este último no alcanzará a todos los damnificados, sino que será aplicable en aquellos casos en que se presente mayor incapacidad, menor edad y mayor salario”.

En línea con Schick, una fuente cercana que participa de las negociaciones señaló que los cambios beneficiarán “a los que se accidentan y queden con una secuela permanente, con incapacidad superior al 50%, y a quienes tienen los salarios más altos”. “No son muchos, porque la mayoría de los accidentes no llegan a esa instancia”, añadió.

En tanto, desde la cartera laboral confirmaron a este medio que el decreto “mantiene las fórmulas aritméticas” que sirven de base para el cálculo de las indemnizaciones.

2. Inclusión de nuevas enfermedades
Además del punto anterior, el agregado de nuevas dolencias genera cierto rechazo por parte de quienes representan al sector empresarial.

El borrador del decreto amplía el listado de “enfermedades profesionales” e incorpora tres nuevas afecciones: hernia inguinal, várices y lumbalgia.

Los industriales advierten que las mismas pueden ser extralaborales y las causas pueden ser variadas. El reclamo pasa, entonces, por la responsabilidad que recaería en las compañías por una dolencia que pudo no haberse generado en el ámbito del trabajo.

3. Obligaciones de las ART
Otro de los puntos controvertidos entre los miembros del Consejo Consultivo es aquél que delimita las responsabilidades de las aseguradoras.

En la normativa vigente, las ART tienen la obligación de determinar los riesgos y sus potenciales efectos sobre la salud de los trabajadores.

En cambio, en el proyecto oficial, las empresas pasarían a hacerse cargo de denunciar dichos riesgos a las aseguradoras y éstas, a su vez, se limitarían a verificar el estado de cumplimiento de las normas, así como a recomendar las medidas necesarias para que las compañías se adecuen al marco legal, a través de una ampliación de sus tareas preventivas.

Esta cuestión genera fuerte preocupación en el empresariado, ya que temen que la iniciativa oficial derive en una disminución de las obligaciones de las ART y, en consecuencia, repercuta en una mayor responsabilidad civil de las empresas.

Ramiro Salvochea, abogado, señaló que la iniciativa podría justificar la eliminación de la solidaridad de las aseguradoras frente a la condena judicial de la compañía.

Por su parte, Schick sostuvo que el borrador del decreto oficial marca un "sutil alivio” de las obligaciones de las aseguradoras, por lo que "de aprobarse este proyecto, esa carga correrá por cuenta del empleador, quien deberá denunciar dichos riesgos a la ART y ésta le recomendará las medidas para adecuar las exigencias normativas”.

“Con sólo cumplir esas funciones burocráticas, las aseguradoras podrían eximirse de responsabilidad civil, frente a un daño que sufra un trabajador”, apuntó.

4. Comisiones médicas
Con respecto a esta temática, la iniciativa de la cartera laboral determina con mayor precisión el rol de las comisiones en la determinación de las responsabilidades del siniestro y el grado de incapacidad del accidentado.

Por ley, los trabajadores deben ser examinados por un cuerpo médico, quien determina su grado de afección para que luego éste pueda percibir la prestación.

Sin embargo, para algunos especialistas la iniciativa oficial no contempla algunas sentencias emanadas de la Justicia.

Schick sostiene que el borrador del proyecto reitera dos graves defectos de la ley vigente. En primer lugar, que “no corresponde ser definido por decreto, sino por ley y por cada provincia”. En segundo término, "la Corte Suprema declaró la inconstitucionalidad de esta vía, habilitando a los trabajadores a acceder directamente al Juez", señaló.

5. Fondo Fiduciario
El texto oficial determina que el fondo creado por el decreto 590/97 para financiar las prestaciones por ciertas enfermedades profesionales ahora se utilizará para afrontar también las nuevas afecciones que se incorporarían al listado (hernia inguinal, várices y lumbalgia).

En el primer año de vigencia del decreto el costo será absorvido en un 100% por el mencionado fondo fiduciario. En el segundo, éste sólo absorberá un 50% y recién en el tercer año serán las ART las que deban asumir la erogación.

En este caso, Salvochea dijo que puede suceder que, luego de ese lapso, los empleadores tengan que enfrentar otro incremento en el costo del seguro, que actualmente ronda en promedio el 2,5% de la masa salarial.

Los otros cuatro decretos oficiales
Los siguientes, son los cuatro borradores del decreto oficial que completan los 9 en cuestión:

6. Registro de servicios de salud y de contratos: se prevé la creación de un registro de prestadores de servicios en el que deberán inscribirse empresas y profesionales que presten servicios a las ART, con el fin de transparentar el sistema.

7. Empresas críticas: se prohíbe la contratación por parte del Estado Nacional de compañías que registren alta siniestralidad durante dos años consecutivos.

8. Limitación de gastos de ventas de las ART: se coloca un tope a los gastos de producción de comercialización de las aseguradoras, fijando un límite del 5% del total de lo recaudado en concepto de alícuotas.

9. Pago bancarizado: se establece el pago bancarizado de las prestaciones dinerarias de abono mensual, y las de pago único, a través de la apertura de cuentas bancarias abiertas a nombre del damnificado, sin que tengan deducción de orden impositivo.

Voces
Consultado a diversos especialistas que tuvieron acceso al documento, estas fueron sus opiniones

Salvochea criticó la iniciativa oficial porque la reglamentación vía decreto “es muy limitada, al dar una solución parcial a la problemática actual, por dejar fuera el inconveniente más grave: el llamado “cúmulo”.

Así se denomina a la posibilidad que tiene el trabajador, luego de haber sido indemnizado por la ART, de luego demandar a su empleador por la vía civil, en caso de considerar que la reparación no fue la suficiente.

En este contexto, la solución propuesta por los empresarios es que el trabajador opte, de forma excluyente, por reclamar o bien vía judicial a la empresa o recibir el resarcimiento de la aseguradora, pero no ambas. Aunque desde la CGT se busque impulsar la doble vía.

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