16/11/09

Hay que pagar el seguro a la aseguradora!



La Justicia de Lomas de Zamora dictó una sentencia en materia de seguros que, si se extiende la posición a otros tribunales, podrían cambiar las reglas del sector en detrimento de los derechos de usuarios y consumidores.

La Cámara Civil rechazó una demanda contra una compañía aseguradora que se negó a responder por el robo de un auto a pesar de que el dueño del vehículo había pagado de manera puntual la cuota del seguro.

El hecho que definió el fallo fue que el asegurado le había pagado a un productor (como miles de asegurados lo hacen habitualmente), y no a la aseguradora.

La sentencia fue firmada por la Sala III de la Cámara en lo Civil y Comercial de Lomas, que integran los jueces Sergio Hernán Altieri y Norberto Villanueva.

Los camaristas revocaron un fallo de primera instancia que condenaba a la compañía encuadrando el caso en la protección de los derechos del consumidor, "como sostiene la gran mayoría de la jurisprudencia", explicó al matutino el abogado especialista en derecho de daños Osmar Domínguez.

Julio César Páez, el titular del seguro, le había pagado durante más de un año la cuota correspondiente a una productora, siempre en tiempo y forma. Pero en los dos meses previos al robo del auto (un Renault 11 TL modelo 86), en 2003, esa productora no le hizo llegar el dinero a la compañía aseguradora La Segunda, explica el matutino.

La polémica por las consecuencias que puede tener este fallo es que hasta ahora, el criterio habitual de los tribunales, basados en los derechos del consumidor que tienen rango constitucional, es que debe primar la voluntad de pago del asegurado. Pero en este caso, los camaristas afirmaron que "la sola presencia del consumidor de buena fe no importa extender la garantía asegurativa contra la compañía". Para los camaristas, los recibos aportados por Páez no fueron "suficiente para tener por acreditada la cancelación de la prima" por no haber sido "expedidos por la empresa de seguros sino por propia cuenta de la productora", señala Clarín.

En cambio, la jueza de primera instancia, Elena Macfayden, había citado fallos de la Suprema Corte bonaerense y de la Cámara Nacional en lo Civil que establecen la regla opuesta: "El pago efectuado al productor tiene tanta eficacia y validez como si hubiera sido realizado directamente a la compañía de seguros".

2 comentarios :

  1. A la mierda! y yo que estaba tranquilo pagandole a mi productor!

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  2. Si se paga al productor, cada tanto es conveniente pedir a la Aseguradora un certificado de pago de las cuotas.

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