8/2/11

Contratos de seguro adicional por accidentes de trabajo

Las compañías de seguro podrán ofrecer a las empresas un seguro de responsabilidad civil de accidentes de trabajo. 

De acuerdo a la resolución conjunta publicada en el Boletín Oficial, servirá para cubrir hasta $1.000.000 de las eventuales indemnizaciones que pueda decidir la Justicia ante reclamos de los trabajadores accidentados o sus familiares por encima de las indemnizaciones que pagan las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (ART).

Este nuevo seguro es voluntario, a diferencia del que brindan las ART, que es obligatorio y abarca a a más de 800.000 empresas.

El objetivo de la prestación es reducir el impacto sobre las empresas de las indemnizaciones que fijan los jueces y que exceden los montos que pagan las aseguradoras.

Si bien la Ley 24.557 prohíbe recurrir a la Justicia para reclamar por encima de las tarifas del sistema, la Corte Suprema declaró la inconstitucionalidad de esa norma.

Luego del año 2004, los jueces fijaron indemnizaciones más altas que las establecidas en el sistema obligatorio, por lo que las empleadoras deben hacer frente a esa diferencia.

Con el nuevo seguro, la aseguradora cubrirá "el monto de las indemnizaciones que se acuerden o que resulten de las sentencias judiciales firmes".

La suma asegurada por trabajador será entre $ 250.000 y de $ 1 millón. Las aseguradoras que quieran brindar esta nueva póliza deberán registrarse y podrán promocionar su prestación una vez habilitadas. 

Las entidades deberán contar con la autorización para operar en el ramo responsabilidad civil, presentar copia certificada del acta del órgano de administración que resolvió solicitar la autorización acompañando, además, opinión actuarial y modelos de los formularios de solicitud del seguro y de denuncia de siniestros, indica la norma.

Para operar en este nuevo seguro, se requerirá un capital mínimo de $ 3.000.000 adicionales al requerido para operar en el ramo de responsabilidad civil.

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