2/10/09

FALLO: Contra el aumento del gas



La Sala V de la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal hizo lugar a una medida cautelar y suspendió provisoriamente la aplicación del nuevo cuadro tarifario del servicio de gas, hasta tanto se resuelva sobre el fondo de la cuestión, esto es si declara la nulidad o no de las resoluciones que fijaron los aumentos. (Fallo: después de esta nota)
De esa manera, el tribunal dispuso que los usuarios podrán seguir pagando sus facturas de acuerdo con el régimen tarifario anterior, y ordenó que tampoco se podrán realizar cortes en el servicio a usuarios que no paguen las facturas que contengan los incrementos, según lo informado por el Centro de Información Judicial (CIJ).

La cámara revocó así el fallo de primera instancia que no hizo lugar a la cautelar, en el marco de una causa iniciada por el Defensor del Pueblo de la Nación, por la que pidió se declare la nulidad del decreto 2067/08, de la resolución 1451/08 del Ministerio de Planificación y de la resolución 563/08 de ENARGAS, normas que fijaron el nuevo cuadro tarifario.



A su vez, la Cámara Federal de Salta confirmó una medida cautelar, que obligó a la compañía distribuidora a no realizar cortes por no pagar el nuevo cuadro tarifario. Se trata de una medida provisoria hasta tanto se resuelva el fondo del reclamo.
La resolución dictada por la justicia de esta provincia se suma a otras dictadas en similar sentido, ya que días atrás la Sala V de la Cámara del fuero contencioso administrativo de la Capital Federal también prohibió el corte del suministro por falta de pago.

Un fallo de la Cámara Federal de Apelaciones de Salta confirmó la medida cautelar dispuesta por un juez de primera instancia, que había ordenado a la empresa Gasnor SA abstenerse de efectuar cortes en el suministro de gas motivado por la falta de pago del nuevo cuadro tarifario de ese servicio, hasta tanto se resuelva el fondo de la cuestión, esto es la constitucionalidad de las normas que fijaron aumentos.

Fue en una causa iniciada por una acción de amparo contra el Estado nacional y el Ente Nacional Regulador del Gas (Enargas), donde se cuestionaron las tarifas aplicadas a partir del decreto 2067/08.

La Cámara evaluó la "evidente desproporción" que surge de las copias de las facturas acompañadas por los demandantes entre lo cobrado por el efectivo consumo de gas y lo que se pretende cobrar por el decreto 2067/08, "pudiéndose observar en la mayoría de los casos que los valores del cargo y sus accesorios superan ampliamente el valor del gas realmente consumido", según dice la resolución.

También ponderó la Cámara "el grave perjuicio económico" para los demandantes por la fijación del nuevo cargo tarifario.

FALLO

Fallo aumento de gas                                                                                                                          

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