3/10/09

Turnos de la Feria Enero 2010 Pcia de Buenos Aires


Mediante el dictado del Acuerdo Nro. 3458, la Suprema Corte de la Provincia de Buenos Aires-SCJPBA - designó entonces a las Cámaras que atenderán el servicio durante el referido período. En las causas que motiven la habilitación del feriado conocerán exclusivamente las que a continuación se detallan - sin perjuicio de la división territorial fijada por Ley Nº 5827- de acuerdo al fuero y a los grupos que se enuncian.
Además la SCJPBA señaló que en virtud de la normativa vigente, la totalidad de las Cámaras de Apelación de la Provincia, deberán determinar - en sus respectivos fueros y jurisdicciones, inclusive para la Justicia de Paz Letrada - los organismos que atenderán el Servicio de Feria del mes de Enero y los Turnos Anuales correspondientes al año 2010, elevando la propuesta antes del día 30 de Octubre próximo para su aprobación definitiva, con exclusión de los fueros laboral y de familia.
En lo atinente a este último fuero, en los lugares donde se pusieron en funcionamiento los juzgados unipersonales, la SCJPBA dispuso que serán las Cámaras Civiles las que hagan las propuestas. En lo que respecta a los Juzgados de Paz pertenecientes al Departamento Judicial de La Plata, su determinación corresponderá al Subsecretario a cargo de la Superintendencia de la Justicia de Paz Letrada de la SCJPBA.
El Tribunal de Casación Penal de la Provincia de Buenos Aires, deberá informar su integración para la atención del referido servicio de feria judicial. Por último, establecieron una novedad, a partir de ahora los Presidentes de los Tribunales de Alzada, deberán hacer las comunicaciones que se les solicitan por correo electrónico, con la inclusión de la firma digital pertinente, a la dirección de la Subsecretaría de Servicios Jurisdiccionales.

A continuación detallamos los turnos dados por la SCJPBA :

FUERO CIVIL Y COMERCIAL:
GRUPO I: (La Plata, Morón, Lomas de Zamora, San Martín, Quilmes, San Isidro y La Matanza): Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial del departamento judicial de LOMAS DE ZAMORA.
GRUPO II: ( Bahía Blanca, Dolores, Azul, Necochea y Mar del Plata): Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial del departamento judicial de AZUL.
GRUPO III: (Junín, San Nicolás, Mercedes, Zárate - Campana, Pergamino y Trenque Lauquen): Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial del departamento judicial de ZARATE CAMPANA.
FUERO PENAL:
GRUPO I: (La Plata): Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal del departamento judicial de LA PLATA.
GRUPO II: (Quilmes y Lomas de Zamora): Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal del departamento judicial de QUILMES.
GRUPO III: (San Isidro): Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal del departamento judicial de SAN ISIDRO.
GRUPO III bis: (San Martín): Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal del departamento judicial de SAN MARTIN.
GRUPO IV: (Morón): Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal del departamento judicial de MORON.
GRUPO IV bis: (La Matanza): Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal del departamento judicial de LA MATANZA.
GRUPO V (Bahía Blanca, Azul y Necochea): Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal del departamento judicial de AZUL.
GRUPO VI: (Dolores y Mar del Plata): Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal del departamento judicial de DOLORES.
GRUPO VII: (Junín, San Nicolás, Mercedes, Pergamino, Trenque Lauquen y Zárate - Campana): Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal del departamento judicial de MERCEDES.
FUERO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO:
Todos los Juzgados de la Provincia tendrán como alzada a la Cámara de Apelación en lo Contencioso Administrativo de SAN MARTIN.

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