26/11/10

Flor de la V: con DNI de mujer


La jueza en lo Contencioso, Administrativo y Tributario Nº3, Elena Liberatori, resolvió hacer lugar a una medida cautelar solicitada por la actriz Florencia de la V, luego de que el Registro Civil le negara el cambio de nombre en el documento y en la partida de nacimiento. El fallo,  permite el cambio de nombre y de sexo de los peticionantes, y constituye, en consonancia con la sancionada Ley de Matrimonio Igualitario, el otorgamiento de los mismos derechos a todos los ciudadanos argentinos; a casarse, por un lado, y a una identidad que los represente, por otro. 

“La imposibilidad de acceder a un nombre que refleja la identidad de la persona implica una grave violación de derechos estrechamente vinculados con la dignidad propia del ser humano, más allá de su sexo, género u orientación sexual”, sostiene la magistrado en su fallo, que es de carácter urgente; es decir, que se basa en una medida cautelar “autosatisfactiva”, que necesita una pronta solución en este caso particular. "De este modo", con el dictado de esta medida cautelar, "se agota el interés de la parte en el proceso, y no requiere la tramitación, en forma ulterior o concomitante, de una acción principal", expresa. Por otro lado, la resolución sienta jurisprudencia a nivel general.

Fuentes judiciales aseguraron a esta agencia que, además de la presentación de la cautelar en el juzgado de Liberatori, distintos jueces del fuero, como Guillermo Scheibler o Vicente Cataldo, recibieron escritos similares patrocinados por la Federación de Lesbianas, Gays, Transexuales y Bisexuales. En todos los casos, las acciones de amparo tuvieron como base argumentativa una figura legal creada por la Legislatura porteña en el 2007, y que permite modificar los nombres cuando pueden llegar a ofender la moral de quienes los llevan. No todas la jurisdicciones tienen esta herramienta. 

La resolución de la jueza, que toma muchos argumentos del amparo presentado por Alejandro Freyre por el matrimonio igualitario, dispone, en este caso puntual, que el Registro Civil de las Personas de la Ciudad de Buenos Aires informe el cambio de documento nacional de identidad al Registro Nacional de Reincidencia y a la Secretaría del Registro Electoral Correspondiente para la corrección del padrón electoral. Además, aclara que la rectificación registral del sexo y cambio de nombre no alterará la titularidad de los derechos y obligaciones jurídicas que pudiere corresponder a la actora con anterioridad a la inscripción del cambio registral.

La discusión y la pelea por el derecho al cambio de nombre, en conjunto al reclamo por distintos accesos a la salud que les permitan someterse a operaciones para adaptar su cuerpo, fue uno de los ejes de la última marcha del orgullo gay que tuvo lugar en la Ciudad. En el Congreso, además, se presentaron varios proyectos en este sentido.

Actualmente, la Ley 18248, denominada Ley de Nombres, señala que “después de asentados en la partida de nacimiento el nombre y apellido, no podrán ser cambiados ni modificados sino por resolución judicial, cuando mediaren justos motivos”. 

La actriz Florencia de la V, en la tarde del martes, remarcó ante los micrófonos de la Rock and Pop la necesidad de sancionar una "ley sobre identidad" que permita evitar situaciones "violentas" como las que viven diariamente travestis y transexuales a la hora de realizar un trámite con un nombre que no los identifica.

Fuente: Noticias Urbanas
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1 comentarios :

  1. ¿Por qué un DNI debe mentir? Si es ttransxual, que diga transexual, pero no mujer. En su caso es un travesti famoso, pero en caso de travestis no famosos los habilita a engañar a gente que busca mujeres, cuando ya hay gente que busca travestis. Es decir, solo para engañar, no tiene otra finalidad.

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