El proyecto de ley que busca reincorporar la tipificación del infanticidio, que fuera eliminada del Código Penal en 1994 y que reactivara en su momento el caso de Romina Tejerina, vuelve a debatirse en otra comisión de la Cámara de Diputados.
La Comisión de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia de la Cámara baja comenzará a partir de las 16, a estudiar la iniciativa que avanza en el recorrido parlamentario con un destino seguro: ser debatido en el recinto.
Semanas pasadas, la Comisión de Legislación Penal de la Cámara baja, presidida por el diputado de la Coalición Cívica Juan Carlos Vega, dio dictamen a un proyecto que establece la reincorporación de la figura del infanticidio al Código Penal.
Recordemos que a partir de la eliminación de esa figura, la pena para ese delito pasó de un máximo de tres años de cárcel a prisión perpetua, al tipificarse como un homicidio calificado por el vínculo. Y el caso de Romina Tejerina en Jujuy, una joven que asesinó a su beba recién nacida y hoy está presa, reactivó la discusión para reimplantar la figura del infanticidio.
Esa figura atenúa la pena para la madre que mata a su hijo mientras se encuentra bajo la influencia del estado puerperal.
Se trata de un proyecto elaborado por la diputada oficialista Diana Conti, que establece prisión de seis meses a 3 años “a la madre que matare a su hijo durante el nacimiento o mientras se encontrara bajo la influencia del estado puerperal”.
Se presentaron además otros tres dictámenes de minoría de los diputados Juan Carlos Vega (Coalición Cívica) e Ivana Bianchi (Peronismo Federal), en tanto que Patricia Bullrich (Coalición Cívica) adelantó que podría impulsar también su propio despacho.
El proyecto de la diputada Conti caracteriza al infanticidio como una figura que se encuentra prevista en varios de los códigos penales latinoamericanos (Bolivia, Uruguay, Venezuela, Perú, Brasil y Chile). Con el proyecto, se busca además eliminar del tipo penal “la finalidad de la madre de evitar su deshonra, considerado un elemento subjetivo distinto al dolo”.
La reincorporación de la figura al CP es reclamada por el movimiento de mujeres y destacados juristas, como el juez de la Corte Suprema Eugenio Zaffaroni. El drama de Romina Tejerina, la joven jujeña que mató a su beba recién nacida, fruto de una violación, y fue condenada a 14 años de prisión en 2003, movilizó el tratamiento de diversos proyectos, que se venían presentando desde hace varios años. Pero ninguno todavía llegó al recinto. En diciembre estuvo a punto de ser puesto a votación uno que había obtenido dictamen favorable de las comisiones de Legislación Penal y de Familia, pero perdió estado parlamentario. Por eso Conti volvió a presentar un proyecto en marzo.
“Es una modificación del Código Penal necesaria”, señaló ayer Conti a Página/12. El presidente de Legislación Penal, el diputado de la CC Juan Carlos Vega, anunció que firmará un dictamen de minoría, como ya lo hizo cuando el tema pasó por esa misma comisión en 2008. No está en contra de la figura del infanticidio, pero sostiene que se debe fijar en un plazo –entre 8 y 15 días– al período puerperal durante el cual se atenúa la pena. Patricia Bullrich, también de la CC, firmará otro dictamen que establece que tiene que acreditar fehacientemente que el estado puerperal disminuyó la capacidad de comprender la criminalidad del hecho a la mujer. Además, Bullrich pretende imponerle penas de 3 a 12 años de prisión.
El dictamen de mayoría tiene el apoyo de doce diputados. Firmarán en disidencia parcial Cristian Oliva, del Frente Cívico de Santiago del Estero y en disidencia total, Ivana Bianchi del Peronismo Federal.
“Son casos más necesitados de una urgente asistencia social, psicológica y a veces hasta psiquiátrica que de punición. Llevar estos casos trágicos a una pena de reclusión o de prisión perpetua me parece algo verdaderamente terrible”, es el argumento que esgrimió Zaffaroni, en su defensa de la vuelta del infanticidio al Código Penal. El estado puerperal se presume y tiene criterio cronológico hasta la primera menstruación posterior al parto: se calcula que se extiende alrededor de cuarenta días. Se considera que bajo su influencia, la mujer que ha dado a luz puede sufrir –no todas lo padecen– ciertos trastornos psicológicos y por tanto su culpabilidad se encuentra reducida, explicó el forense Mariano Castex, especialista en psiquiatría, cuando en 2008 fue invitado a la Comisión de Legislación Penal, en el marco del tratamiento del tema. También dos años atrás, en ese ámbito, fundamentó su posición Zaffaroni. El ministro del máximo tribunal sostiene que el infanticidio es un delito muy raro en la ciudad de Buenos Aires, que por regla general ocurre en el interior del país. Y que es cometido por mujeres de muy escasa instrucción con antecedentes culturales de bastante aislamiento, algunos casos de debilidad mental superficial, muy escasa capacidad de comunicación, y que tienen partos en soledad, en baños, y muchas veces los productos van a dar a pozos ciegos.
Tras la derogación del infanticidio, el delito se considera un homicidio agravado por el vínculo, figura para la cual el Código Penal establece una pena privativa de la libertad perpetua, a menos que se considere que están presentes circunstancias extraordinarias de atenuación: en esas situaciones la escala penal aplicable es de 8 a 25 años de cárcel.
“Consideramos que esta respuesta punitiva es desmesurada violentando el principio de proporcionalidad que debe existir entre la pena aplicable y el reproche al autor por el delito cometido”, señala el dictamen de mayoría. Además de citar la posición de Zaffaroni, en los fundamentos se destaca que su opinión es compartida por otras especialistas, como la abogada Haydée Birgin, presidenta del Equipo Latinoamericano de Justicia y Género (ELA), que ha considerado que “el infanticidio es más común de lo que se cree, especialmente en el norte argentino, de parte de chicas violadas, abusadas sexualmente. Fue una barbaridad sacarlo del Código Penal. Fue una reforma apresurada”. También se menciona que el infanticidio es una figura que se encuentra prevista en varios de los códigos penales latinoamericanos como en los de Bolivia, Uruguay, Venezuela, Perú, Brasil y Chile. En todos los casos, la solución es similar en cuanto a la respuesta, ya que se prevé una escala penal atenuada en relación con el homicidio.
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Me parece atroz que alguien como la Tejerina no tenga cadena pèrpetua,jamas fue violada,se sabe en toda la ciudad que quedo embarazada y como no pudo hacer que su amante dejara a su familia,ella asesino a su bebe,con ayuda de su madre y su hermano,que jamas fueron procesados,vivi en esa epoca en jujuy,y pueblo chico infierno grande,se sabe todo,una mujer que asesina un bebe debe ir de por vida a la carcel.sin excusas ni llantos,asesino un niño,hoy vemos como un juez ampara a un joven de 16 años que puso en la frente una escopeta sobre el joven Urbani,y parece ser que no hubo intencion de asesinar..la justica cada vez esta mas injusta,si no defendemos a los bebes,què hacemos en la vida???no importa nuestra filiacion politica,soy oficialista,pero esto es una aberracion.JORGE ANTONIO DEL BIAGGIO.Tucuman
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