2/6/10

Proyecto de ley para resarcir las "salideras bancarias"




Retirar dinero, extraer objetos de la caja de seguridad, cobrar un cheque por ventanilla, son sólo algunas de las tantas operaciones que involucran dinero y que tienen a los bancos como escenario principal.

Sin embargo, en los últimos tiempos, tras la creciente ola de inseguridad, los riesgos de mover fondos se han incrementado y las llamadas “salideras bancarias” son moneda corriente.
Inspirados en la preocupación manifiesta de los clientes y usuarios de las entidades financieras y en la fuerte demanda de mayor seguridad y de garantías, dos nuevos proyectos de ley fueron recientemente presentados en el Congreso, haciéndose eco de estos reclamos.
Ambas iniciativas buscan ampliar la responsabilidad de los bancos ante estos delitos. Por un lado, establecen la obligación de indemnizar a quienes sean víctimas de un ilícito dentro o fuera de sus instalacionesdurante un período de tres horas a partir del retiro del dinero o de un bien.
Por otro, fijan normas mínimas de seguridad que deberían cumplir las entidades, de ser aprobado el proyecto.
A estos fines, se propone que contraten un seguro obligatorio destinado a cubrir los perjuicios de índole material o "moral" sufridos en ocasión de un robo o hurto.
Dos polémicos proyectos
La primera de las iniciativas mencionadas contempla como puntos clave los siguientes:
  • Que las entidades financieras serán civilmente responsables por los daños y perjuicios sufridos por quienes retiren bienes de sus establecimientos y sufran agresiones de un tercero, que pretenda apoderarse de aquéllos.
  • Que la cobertura operará dentro de las tres horas después de retirados los bienes de la entidad.
  • Además, se indica que esta responsabilidad abarcará tanto a los daños materiales como morales que sufran los damnificados dentro o fuera del local de la entidad. Estos últimos, aún cuando el delincuente no logre el ilícito perseguido.
  • Por otra parte, se excluye a las operaciones que se realicen en los cajeros automáticos.
  • Para poder hacer frente a los costos de los reclamos de los clientes, que hayan sufrido un perjuicio, se propone que las entidades contraten un seguro obligatorio, que deberá reparar los daños de manera integral.
  • Además, si la entidad asegurada pactara con el asegurador una limitación a la póliza, dicha limitación sería inoponible a la víctima.
El proyecto también señala que los damnificados que puedan acreditar que el robo se originó con la participación de dependientes de la entidad financiera, de su personal de seguridad, o con la intervención de terceros situados en el establecimiento bancario "podrán solicitar la aplicación de daños punitivos".
“Esta figura fue incluida por el artículo 52 bis de la Ley de Defensa del Consumidor (LDC) y expresa que los sujetos proveedores de bienes y servicios pueden ser pasibles de la aplicación de una multa a favor del consumidor de hasta $5 millones, en caso de incurrir en incumplimientos de las obligaciones legales o contractuales a su cargo”, aclaró el experto Alejandro Chamatropulos.

Esta sanción es diferente a los distintos resarcimientos conocidos -daño emergente, lucro cesante, daño moral, pérdida de chance, entre otros-", agregó.

Sin embargo, para el especialista “el riesgo es que la norma es muy elástica -y defectuosa- por lo que los jueces deberán ir fijando sus límites en cada caso concreto”.

Vale tener presente que, de acuerdo al impulsor del proyecto, corresponde incluir los daños punitivos porque “este tipo de ilícitos comienza a urdirse dentro del establecimiento, bien sea por la participación activa de miembros vinculados a ella, o por la actitud negligente que permite la acción de merodeadores”.


Recaudos de los bancos
En tanto, la segunda iniciativa prevé que los bancos adopten determinados recaudos en materia de seguridad, tanto en los edificios en que funcionen sus casas centrales, matrices, agencias, sucursales, delegaciones y oficinas, así como también en cuanto al transporte de dinero que realicen con medios propios o por terceros.
Si bien muchos bancos ya cumplen estas exigencias, de acuerdo con este proyecto deberán contar, entre otros requisitos, con:
  1. Una caseta o cabina blindada en altura, que permita la vigilancia panorámica. También deberá contar con un adecuado ángulo de fuego. Cuando las características del local hagan imposible la instalación en altura, se admitirá su construcción fuera del edificio, cerca de la puerta principal de acceso o dentro del local a nivel del suelo.
  2. Un sistema de alarma a distancia que estaría conectado con el organismo de seguridad o policial correspondiente.
  3. También está previsto un tesoro blindado (cemento y acero) para atesoramiento de numerario y/o de valores de terceros y/o cajas de seguridad de alquiler, en subsuelo o a nivel, separado de paredes medianeras, a prueba de incendio y de violación por elementos mecánicos o soplete oxhídrico. 
  4. De aprobarse el proyecto, los bancos deberán contar con cerraduras especiales, trabas, pasadores, cadenas, persianas de hierro o acero, barrotes y mirillas antibalas.
  5. Se exigirá servicio de policía adicional, servicio de serenos e iluminación nocturna interna y externa, cuando resulte necesario.
  6. Además, se indica que el lugar o recinto para operaciones importantes, tendrá que tener suficiente nivel de reserva como para que no permita la observación de terceros.
  7. Medidas de seguridad en las cajas de atención al público, entre las que deberá establecerse un sistema de protección con suficiente nivel de reserva como para que sólo permita el encuentro entre el personal de la entidad y el usuario, e impida la observación de terceros.
Por otra parte, será necesario que las entidades cuenten con un circuito cerrado de televisión de seguridad.
FundamentosAmbas iniciativas fueron presentadas por el diputado Gerardo Milman y giradas a las comisiones de Finanzas y de Seguridad Interior.

Según su impulsor, los proyectos encuentran sus fundamentos en que se volvieron más habituales los robos a personas ni bien se retiran de los bancos; es decir, las mencionadas salideras. En estos casos, la mayoría los damnificados son interceptados por motocicletas o automóviles desde los que descienden los cómplices del entregador para sustraerles el dinero que, positivamente, saben que tienen.
Para el impulsor de las iniciativas, las normas vigentes impiden el traspasamiento de la línea de cajas de atención al público en toda su extensión, pero no contemplan otras medidas de seguridad de gran importancia como, por ejemplo, aquéllas que sólo permitan el encuentro entre el personal de la entidad y el usuario e impidan la observación de terceros.
En la actualidad, los recaudos que deben tomarse dentro de las entidades están contemplados en la Comunicación de BCRA "A" 3.390. 

Repercusiones
Facundo Malaureille Peltzer, socio del estudio Salvochea, señaló como “saludable” la iniciativa ya que trata de proteger “los bienes”. Sin embargo, consideró que “la realidad camina delante de las medidas protectivas”.

Por lo tanto, para el experto, deberían incluirse medidas preventivas en cuanto a evitar el robo de identidad; es decir, apropiarse de datos o de información de una persona para producir una consecuencia dañosa”.

En la actualidad, “
no se pueden aceptar que sólo se enfoque en medidas de seguridad de tipo físico y no se contemplen medidas de seguridad digitales”, agregó.
Martin Lepiane, abogado del estudio Pérez Alati, Grondona, Benites, Arntsen & Martínez de Hoz (h), no considera necesaria una modificación a la normativa vigente. Para el experto, el segundo de los proyectos citados es “una versión similar, aunque mucho más escueta y reducida, de la Comunicación "A" 3.390 del Banco Central”.

“Dado que las medidas de seguridad varían de acuerdo a los avances de la tecnología, 
no parece acertado petrificar los dispositivos de dicha comunicación en el molde rígido de una ley”, agregó.

Debido a estos inconvenientes, concluyó: “Es preferible que continúe el sistema actual donde el BCRA, ente especializado que cuenta con asesoramiento de las fuerzas de seguridad, actualice mediante comunicaciones las exigencias que los avances científicos imponen”. 




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