30/3/10

La Justicia habilitó el uso de las Reservas

La Sala IV de la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal anuló este martes la resolución de la jueza Claudia Rodríguez Vidal, dictada en el marco del proceso cautelar tramitado a raíz del DNU 2010/09, habiendo extendido la supensión orginalmente dispuesta respecto de aquella norma al DNU 289/10.
Sin expedirse sobre el fondo de la cautelar, el tribunal consideró que hubo defectos procesales en el fallo que suspendió la aplicación del Fondo del Desendeudamiento, informó el Centro de Información Judicial (CIJ).

La decisión se fundó en que, al haber sido derogado el DNU 2010/09 el 1º de marzo último, la causa tramitada respecto de dicho decreto se había convertido en abstracta a partir de entonces.
Para ello tuvo especialmente en cuenta la declaración emitida en tal sentido por la Corte Suprema de Justicia, con relación al recurso extraordinario que la Cámara había concedido -en la causa "Pinedo"- contra la medida cautelar trabada respecto del DNU 2010/09.

En su fallo, la Cámara tuvo en cuenta que al haber quedado abstracta la cuestión relativa al DNU 2010/09, el proceso se había extinguido, agotándose también en la misma oportunidad la jurisdicción de la jueza, por lo que la petición formulada por los legisladores no debió ser presentada y tampoco resuelta en el marco de aquella causa, que carecía ya de objeto, pues ello violaba las reglas del sistema de asignación de nuevas causas establecidas como modo de preservar la transparencia y garantía de conocimiento del juez natural.
En lo medular, el tribunal sotuvo que en tanto la jueza no tiene jurisdicción, no puede entender en nuevas peticiones relativas a otros DNU en el marco de un proceso ya extinguido y, por remisión a fallos de la Corte Suprema, sus propios precedentes y doctrina que cita, entendió que la resolución de la magistrada carecía de validez, aun sin llegar a expedirse acerca de la admisibilidad sustancial de la medida cautelar, informó el Centro de Información Judicial (CIJ).

 FALLO
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