30/11/09

Discapacitados: Procedimiento para adquirir vehículos



La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) sustituyó el marco normativo para la adquisición de automotores con franquicias impositivas por parte de personas discapacitadas.
Las modificaciones fueron introducidas por la resolución general 2714 publicada en el Boletín Oficial.
De acuerdo a la nueva reglamentación, a partir del 2010, el interesado, su representante legal u apoderado con poder especial deberá presentar los siguientes nuevos elementos:
    • Detalle de las fuentes generadoras de ingresos durante los últimos doce meses inmediatos anteriores a la fecha de presentación de la solicitud y los domicilios en los cuales se ejercen.
Se aclara que los ingresos provenientes de actividades autónomas se deberán expresar netos de costos y gastos necesarios para su obtención. Por otra parte, no será necesario detallar los ingresos en relación de dependencia.
    • Detalle del patrimonio al 31 de diciembre del año anterior a la fecha de presentación de la solicitud;


  • Detalle del vehículo que se pretende adquirir;


  • Aclarar si ejerce la opción de despacho a plaza por otro sujeto distinto a la terminal o concesionario proveedor de la unidad;


  • Informar los gastos relativos a fletes, seguros, aranceles, estadías, honorarios, entre otros.


  • "El juez administrativo resolverá dentro del plazo de 15 días hábiles administrativos teniendo en cuenta la capacidad económica del beneficiario y de su grupo familiar, como así también los datos consignados en las declaraciones juradas impositivas y de los recursos de la seguridad social", agrega la resolución.


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